Trámites burocráticos tras un fallecimiento

Un experto explica la clave para evitar el bloqueo de las cuentas de un familiar y poder acceder a los fondos de forma inmediata sin problemas con Hacienda
La pérdida de un familiar es un momento delicado que, además de la carga emocional, conlleva una serie de trámites burocráticos que pueden complicarse. Uno de los más desconocidos y problemáticos es el bloqueo de las cuentas bancarias del fallecido, una medida que las entidades aplican de forma inmediata y que puede dejar a los herederos sin acceso al dinero durante un largo periodo. El jurista Alejandro Ortiz ha explicado los detalles de esta situación y, lo más importante, cómo evitarla de una manera sencilla y completamente legal.
Bloqueo inmediato y hasta dos años de espera
Cuando el titular de una cuenta fallece, "el banco la bloquea de manera inmediata", señala Ortiz. Esta medida es automática y afecta a todos, "da igual que seas el hijo, que seas el cónyuge o que seas un autorizado". De hecho, el jurista advierte de que la figura del autorizado en una cuenta se extingue en el momento del fallecimiento, por lo que cualquier intento de retirar fondos después del deceso, incluso antes de que el bloqueo sea efectivo, "es completamente ilegal".
El principal problema de este bloqueo es su duración. Según el experto, los herederos pueden verse privados del acceso a esos fondos durante un tiempo considerable. El motivo es que el desbloqueo está supeditado a la resolución de la herencia, un proceso que en España puede alargarse. "Una herencia en España se puede resolver fácilmente en una semana, en un mes o en 2 años", afirma Ortiz. Este plazo tan variable depende de la complejidad del caso y de los acuerdos entre los herederos.
La solución: de autorizado a cotitular
Afortunadamente, existe una fórmula para evitar este 'corralito' bancario. La clave, según Alejandro Ortiz, es cambiar el rol que se tiene en la cuenta bancaria del familiar. "La solución a esto es que seas cotitular de la cuenta, es decir, que no seas autorizado", recomienda. A diferencia de la autorización, que desaparece con la muerte del titular, "la cotitularidad no se extingue en el momento del fallecimiento". Esto permite al otro titular seguir disponiendo de los fondos sin esperar a que se resuelva la herencia.
El matiz fiscal: ¿cuándo es una donación?
Sin embargo, ser cotitular también implica una serie de responsabilidades fiscales que es crucial conocer. Ortiz advierte de un matiz importante: si un cotitular que no ha aportado fondos a esa cuenta dispone del dinero para su uso personal, Hacienda puede interpretarlo como una donación. "Se puede considerar una donación", subraya el jurista. Esto ocurriría, por ejemplo, si un hijo es cotitular de la cuenta de sus padres, donde solo ellos ingresan dinero, y el hijo utiliza esos fondos para gastos propios.
A pesar de ello, la propia Agencia Tributaria establece una excepción que aporta tranquilidad. Un cotitular puede usar el dinero de la cuenta para cubrir los gastos del otro titular sin que se considere una donación. Ortiz lo aclara: "Hacienda recalca que puedes hacer disposición del dinero para pagos que no sean tuyos personales, sino del otro titular, por ejemplo, hacerle pagos a un titular que sea mayor, a tu abuelo o a tu padre". De esta forma, se pueden gestionar las necesidades del familiar sin incurrir en problemas fiscales.
En definitiva, la planificación es fundamental para evitar el mal trago de no poder acceder al dinero de un ser querido tras su fallecimiento. El consejo del experto es claro: si figuras como autorizado en la cuenta de tus padres o abuelos, es recomendable cambiar esa condición a la de cotitular. "Si vas a disponer del dinero de tus padres o de tus abuelos y quieres evitarte el mal trago de la resolución de la herencia durante 2 años, hazlo desde antes de que pase", concluye Ortiz. Un simple cambio que puede ahorrar muchos quebraderos de cabeza en el futuro.
FUENTE:
https://www.cope.es/actualidad/economia/noticias/alejandro-ortiz-jurista-quieres-evitar-herencia-fallecido-tarde-dos-anos-resolverse-mejor-cotitular-cuenta-bancaria-20260725_3405848.html
